lunes, 7 de febrero de 2011

Planes de pensiones



¡Hola de nuevo! En esta entrada voy a tratar de explicar qué son los planes de pensiones, ya que considero que es un tema que tiene gran importancia hoy en día debido a las bajas pensiones que se reciben en el momento en el que nos jubilamos.  Según se prevé, de aquí a varios años las pensiones serán aún más bajas por lo que muchas personas se plantean crear un plan de pensiones para así asegurarse un futuro mejor, y no tener que vivir con la preocupación de siempre: ‘¿Llegaré a fin de mes?’. Dicho esto a modo de introducción, voy a explicar de manera más precisa y concisa de que tratan estos planes tan mencionados por boca de todos.




Si pero… ¿Qué son los planes de pensiones?

Los planes de pensiones son un método de ahorro creado para que, en el momento de la jubilación, dispongamos de una renta o capital que sea complementario a la pensión que se recibe por parte de la Seguridad Social. Este plan de pensiones permite recuperar lo que se ha invertido anteriormente más los rendimientos que se hayan generado en ese período de tiempo, es decir, desde que empezamos a ahorrar hasta que llega el momento de la jubilación. Esta modalidad de ahorro surgió a finales de los años 80, pero es ahora cuando se le está empezando a dar mayor importancia.
Por lo general, dichos ahorros se invierten en un fondo de pensiones, y la cantidad de capital invertido se le conoce con el nombre de unidad de cuenta
Dichos planes poseen importantes ventajas fiscales, y permiten obtener el máximo ahorro fiscal en la declaración de la renta.
Seguramente os preguntareis que quién controla, gestiones y pone en funcionamiento todo esto, pues bien, están controlados por la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía y Hacienda, y de su funcionamiento se encarga la comisión de control del plan y la comisión del fondo de pensiones. Quien se encarga de gestionar el dinero se denomina entidad gestora, y es la encargada de controlar las cantidades de capital que se invierten en el plan. También debe informar a los partícipes (personas que contratan un plan de pensiones) cómo evoluciona el valor de su fondo.

¿Qué aportaciones puedo depositar?

Aportación anual máxima: depende de la edad que posee el partícipe en el momento de realizar la aportación.

  Hasta los 50 años inclusive: aportación máxima anual de 10.000 euros.
  A partir de los 50 años: aportación máxima anual de 12.500 euros.

Aportaciones a favor del cónyuge: 

Además de las aportaciones que puedes realizar a tu plan de pensiones, si tu cónyuge no tiene rentas a integrar en la base imponible, o dichas rentas son menores a 8.000 euros, podrás reducir las aportaciones a su plan de pensiones (límite máximo de 2.000 euros).

Aportaciones a favor de personas minusválidas:

Si el titular tiene una minusvalía del 65% o superior o psíquica del 33% o superior la aportación máxima que puede depositar es de 24.250 euros.
Pueden realizar aportaciones al plan de pensiones el propio titular, sus familiares, su cónyuge o las personas que posean el régimen de tutela o acogimiento, y las aportaciones realizadas por las personas que no son el titular deben ser como máximo de 10.000 euros.


¿A qué nos referimos con ventajas fiscales?

Las ventajas fiscales hacen referencia a que las cantidades aportadas al plan por parte del partícipe se pueden reducir en su Declaración de la Renta.
 Las aportaciones al plan de pensiones hacen que se produzca un ahorro en la declaración de la renta de hasta un 43% en todo el país (excepto Navarra y País Vasco, siendo la reducción mínima del 42% y 45%, respectivamente). 
Se podrá aplicar una reducción del 40% en caso de recibir la prestación por incapacidad o jubilación en un solo pago y haber pasado más de dos años desde la primera aportación. Esto sólo puede aplicarse una vez.

¿Cuándo puedo cobrar mi plan de pensiones?
Esta es otra gran duda que es desconocida por muchas personas, ya que creen que solo lo podrán recibir en el momento de la jubilación. Pues bien, los planes de pensiones se pueden cobrar no solo cuando el partícipe se jubila, sino también por causa de enfermedad grave, se encuentre en situación de minusvalía física o psíquica o esté en paro durante un tiempo prologando (como mínimo 12 meses). En caso de fallecimiento del titular del plan, los beneficiarios del mismo podrán obtener el capital disponible en él. 
Dicho esto, ¿de qué manera lo recibimos?, de una sola vez, por partes…. Pues bien, tenemos diferentes opciones a elegir. Las prestaciones se pueden recibir en un solo pago (en forma de capital), en pagos fraccionados (en forma de renta) o en forma mixta, en la que se combinan las anteriores (se rescata una parte en forma de capital y la otra en forma de renta. La renta puede ser vitalicia o temporal.

¿Cuáles son los tipos de planes de pensiones?
Añado este apartado para que tengáis una cierta idea sobre los distintos tipos de planes de pensiones que podemos encontrar en España. Al final de esta entrada colgaré el enlace donde explican de manera más concisa de que tratan cada uno de ellos y cuál es el que más nos conviene.
Según el tipo de inversores:
-Individuales: Son aquellos que contrata una persona de manera independiente.
   -De empleo: Los promueve una empresa, es un tipo de retribución para los trabajadores.
   -Asociados: Se contratan para un colectivo determinado.
 Según forma de inversión:
-Renta Variable: invierten un 75% del capital en renta variable y el resto, en renta fija.

-Renta Mixta Variable: invierten entre un 30% y un 75% del capital en renta variable y el resto en renta fija.

-Renta Fija: solo se invierte el capital en renta fija.

-Renta Fija Mixta I: invierten hasta un 15% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

-Renta Fija Mixta II: invierten entre un 15% y un 30% del capital en renta variable y lo demás en renta fija.

Según el tipo de aportación:

-Planes de aportación definida: se establece el importe que cada persona debe depositar.

-Planes de prestación definida: se establece la cantidad que las personas van a recibir en el momento de la jubilación, o cualquier otra situación autorizada para cobrar el plan.

-Planes mixtos: son una mezcla de los dos anteriores. Se fijan los importes económicos que se deben aportar y la cantidad que recibirá tras cumplirse los requisitos.

Si por cualquier circunstancia queremos cambiar el tipo de plan se puede hacer sin ningún problema. Esto genera gastos, pero mínimos.




Hay diferentes opiniones sobre contratar un plan de pensiones o no, muchas personas creen que es un “timo”, por lo que si decides crearte un plan de pensiones no dudes en resolver todas las dudas que se te planteen por muy pequeñas que sean, para asegurarte al 100% que es la mejor opción que puedes elegir. Debes pensar si te conviene elegir entre un plan de ahorros o entre un plan de pensiones.

Si os a entrado la curiosidad sobre como podríais planificar vuestras aportaciones en un plan o simplemente informaros acerca de si os conviene o no, os dejo este enlace, en el que pinchando aparecerá un simulador de planes de pensiones:

(Recuerda que este simulador solo es orientativo).


También os dejo un vídeo muy interesante sobre una entrevista realizada a Sonsoles Santamaría, (directora general de Tresis), en la que trata la importancia que tienen los planes de pensiones, tanto en la actualidad como en el futuro:

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