sábado, 26 de febrero de 2011

Basilea III

¡Bienvenidos!

Escribo esta entrada para explicaros de manera sencilla el concepto de Basilea III, esas dos palabras que es posible que hayamos escuchado en las noticias o leído en los periódicos, pero no sabemos qué es ni a qué se refiere.

Como bien sabréis estamos en una época muy complicada en la que la crisis está afectando tanto a personas como a empresas y entidades financieras.  Esto nos obliga a tomar perspectiva y a tomar notas tanto positivas como negativas de las actividades económicas y financieras que se han tomado hasta el momento, y de esta manera intentar corregir los errores del pasado que pueden estar repercutiendo en la actualidad. Con la crisis se ha demostrado se pueden hacer mejoras importantes en la normativa financiera vigente.

¿Qué es Basilea III?

Basilea III es el conjunto de normas de regulación financiera internacional. Dicho de manera más sencilla, son mejoras que tratarán de mejorar el marco regulatorio financiero internacional para que de este modo se eviten posteriores crisis financieras, y en el caso de que se produzcan, sean las entidades las que asuman las pérdidas, no los bancos centrales ni los impuestos que tenemos que pagar los ciudadanos.

Fue  la Banca de Pagos Internacionales (BPI) la que aprobó el acuerdo entre los bancos centrales y los supervisores el 12 de septiembre de 2010.

Se trata incrementar y endurecer las directrices básicas que rigen los requisitos de capital para la banca comercial, y así reparar las debilidades y fallos del sistema financiero.

Los fallos de Basilea I y II

Ya hubo otras normas de regulación financiera que trataron de evitar desajustes financieros y económicos anteriores a los actuales, se tratan de los acuerdos de Basilea I (1988) y Basilea II (2004). No sólo sirvieron para dotar a la economía mundial de un sistema bancario más “sano”, sino que de alguna manera causaron daños.

Basilea I creó incentivos perversos que borraban la línea divisoria entre operaciones prudenciales y especulación.

Basilea II trató de corregir eso al exigir unos niveles más altos de capitalización a medida que iban aumentando los créditos más arriesgados en la cartera de un banco. Desafortunadamente, no pudo frenar las operaciones especulativas realizadas por los bancos.

Ahora se pondrá en marcha Basilea III con la intención de que las normas que se tengan que llevar a cabo den muy buenos resultados, y esperando que funcione adecuadamente, al contrario que las dos anteriores.

¿Cuáles son las medidas se van a tomar?

Para entender las medidas de Basilea III y la regulación bancaria hay que comprender por qué hace falta que los bancos mantengan un nivel mínimo de capital.

La idea básica es muy simple: lo que mueve a la actividad financiera es el deseo de ganar la mayor cantidad posible de dinero invirtiendo la menor cantidad posible de dinero propio. Así uno obtiene grandes beneficios si las cosas van bien y pierde poco si las cosas van mal.

Los bancos no son excepción, y por lo tanto desean mantener niveles de capital lo más bajo posibles, lo cual aumenta su tasa de beneficio. Sin embargo, cuanto menor es el capital de un banco, mayores son sus incentivos para tomar riesgos excesivos, ya que al fin y al cabo el banco está invirtiendo el dinero de los demás, y mayor es la probabilidad de que el banco no pueda afrontar pérdidas y tenga que declararse en bancarrota o ser rescatado públicamente.

Por lo tanto algunas de las medidas que se tomaron fueron:

Capital estructural

Se refiere a las reservas de capital de un banco, calculadas según el riesgo de los activos que tiene en sus libros.

Nuevo: Con Basilea III, el ratio de capital total estructural “Tier1” se fija en 7%, con un capital central “Tier1” de 4’5%
La implantación de estas reglas comenzará en enero del 2013. Las normas estarán vigentes en enero del 2015.
Actual: A los bancos se les obliga a tener un ratio de capital estructural de 4%, y la mitad corresponde a capital estructural "esencial" o capital de calidad en forma de ganancias retenidas o acciones.
Colchón de conservación

Nuevo: Bajo Basilea III se introduce un colchón de conservación de capital de 2.5% que se suma al capital estructural “Tier
1”.
Cualquier banco que no cumpla con este amortiguador se enfrentará a restricciones de supervisores como pagos de dividendos, recompras de acciones y bonos a ejecutivos.
El nuevo colchón tendrá que estar compuesto de acciones comunes. El colchón será introducido paulatinamente desde enero del 2016 y estará en vigor en enero del 2019.
Actual: En este momento no hay colchón de conservación de capital.
Colchón de capital

Nuevo:
 Este nuevo colchón se establece entre el 0 y el 2.5% en acciones comunes u otro capital capaz de absorber pérdidas.
El objetivo del colchón es: forzar a los bancos a tener un respaldo adicional cuando los supervisores vean un crédito excesivo en el sistema que amenace con generar morosidad.
Actual: No existe un estándar mundial sobre este tipo de respaldo.
Ratio de apalancamiento
Se limitará el apalancamiento en el los bancos mundiales.
Se pondrá a prueba un ratio de apalancamiento de 3% “Tier1” antes de introducir un ratio de apalancamiento obligatorio en enero del 2018.
Liquidez

Se busca asegurar que los bancos cuenten con suficiente efectivo o equivalentes de efectivo para salir del apuro de un golpe muy severo de corto plazo y de condiciones menos severas en el mediano a largo plazo.
El colchón de liquidez de corto plazo sería principalmente deuda soberana de alta calidad, aunque incluiría también deuda corporativa de alta calidad.
Con este diagrama se ve de manera más clara lo explicado anteriormente:






Si no os ha quedado muy claro, aquí añado un video donde lo explican con mucha claridad y ponen un ejemplo con el que será fácil entenderlo:








Si pero a nosotros… ¿En qué nos afecta?
Aunque creamos que esto no tiene nada que ver con nosotros, que es una cosa de los bancos, en realidad si tenemos que ver en ello.
Las entidades de crédito para adaptarse a todas estas reformas van a tener que cambiar su modelo de negocio, de tal modo que darán menos retribución por los depósitos y cobrarán por el dinero prestado, al igual que también cobrarán más por los servicios bancarios tradicionales.
Por otra parte los que sean accionistas podrán encontrarse con ampliaciones de capital, y con recortes en los dividendos, lo que puede hacer caer sus cotizaciones.
Ante todo esto el inversor no deberá sorprenderse de que las entidades financieras españolas intenten captar sus ahorros para su capital propio en lugar de hacerles las recomendaciones más apropiadas a los inversores para obtener buenas rentabilidades en sus patrimonios, en los mercados de capitales internacionales.
¿Cuándo se aplicará este acuerdo?
El acuerdo está previsto que se implante en el año 2019, y aunque parezca que todavía queda bastante para ello (8 años), muchas entidades financieras ya están empezando a cumplir con las nuevas exigencias para que no les pille el toro, debido a que el mercado de capitales es muy estricto.
Sobre si este acuerdo tendrá buenos resultados o no, hay opiniones de todo tipo, unos piensan que será muy efectiva, mientras que otros opinan que es una pérdida de tiempo y que no servirá de mucho. ¿Tú qué opinas sobre Basilea III?

Espero que esta entrada os haya servido de gran ayuda, ¡Un saludo!

Fuentes:

lunes, 21 de febrero de 2011

¿Me interesa contratar un Fondo de Inversión?

¡Bienvenidos de nuevo!

Seguramente tengáis planes sobre ahorrar en el futuro y la manera de hacerlo, y ya si puede ser también obtener una rentabilidad con ellos. Pues bien, una de esas maneras puede ser a través de los Fondos de Inversión, sobre los cuales voy a dar cierta información para que quede más claro qué son y cómo funcionan. Espero que os sea de mucha utilidad.

Conceptos importantes
Para que sea más fácil comprender de qué estamos hablando, voy a añadir unas palabras que considero que debemos entender si queremos comprender que son los fondos de inversión:
·         Participación: el patrimonio del fondo está dividido en participaciones, y esas participaciones son algo similar a lo que es una acción que cotiza en bolsa.

·         Patrimonio: es el capital que está gestionado por el fondo de inversión. Cuanto mayor sea dicho patrimonio, más estable será ya que se pueden diversificar sus inversiones de forma mayor.
·         Valor liquidativo: es lo que vale la participación en un momento determinado del tiempo. El valor es NETO, ya que siempre se descuentan los honorarios tanto de la gestora como del depositario.
·         Partícipes: Son las personas que han depositado sus ahorros en un común fondo de inversión.
·         Gestora: es la empresa que gestiona el patrimonio que se ha depositado en un fondo de inversión.
·         Cartera: es el conjunto de activos financieros en los que invierte un fondo.



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Entonces… ¿Qué es un Fondo de Inversión?
Son instrumentos de ahorro. Aparecieron por primera vez en el s. XVII, en Holanda con las “administratie kantooren”. Pero los mecanismo de esos fondos eran muy diferentes a como son ahora, fue en 1957 cuando apareció el primero fondo de inversión tal y como son ahora.
 Se trata de un patrimonio formado por los aportes de un conjunto de partícipes que invierten su capital para conseguir así una rentabilidad. El fondo reúne el dinero aportado por dichos partícipes, para que así una entidad se encargue de su administración y gestión. Las aportaciones de cada inversor se invierten en activos financieros con la finalidad de obtener la mayor rentabilidad posible. Los activos más comunes son: acciones, letras, bonos, obligaciones, productor derivados…, aunque también se pueden invertir en activos no financiero como por ejemplo bienes o inmuebles.

¿Cómo funcionan?

Su funcionamiento se puede entender de la siguiente manera. El ahorro de cada persona se destina a un fondo de inversión en el cual otras personas también están invirtiendo, con lo que consecuentemente se creará un gran patrimonio común. Con este gran patrimonio los ahorristas logran alcanzar un poder de negociación que les hubiera sido imposible tener si cada uno invirtiera por su cuenta.

Características

¿Qué documentos tengo que tener para poder realizar la inversión?
Debemos solicitar la siguiente documentación para elegir el fondo más adecuado respecto al nivel de riesgo o el funcionamiento y tipo de inversiones que realizará la gestora:
·         Reglamento de Gestión: se fijan las características en cuanto a comisiones y filosofía de las inversiones que va a realizar la gestora, como en los tipos de activos que se invierte por ejemplo.
·         Última Memoria Anual: muestra la evolución del patrimonio junto con el valor liquidativo del fondo durante el último ejercicio. Gracias a esto podremos comprar la evolución y el funcionamiento del fondo con otros de su misma categoría.
·         Último informe Trimestral: nos informa acerca de la evolución de las características del fondo durante el último trimestre.

¿Cómo realizo la inversión al fondo?
·         La inversión la podemos realizar de estas dos formas:
·         Adquiriendo un número de participaciones, al valor liquidativo que tengan el día de su adquisición.
·         Definiendo una cantidad a invertir, que se dividirá entre el valor liquidativo en el día de la inversión y nos proporcionará el número de participaciones que hemos adquirido.
·         No se necesita tener ninguna cuenta abierta, ya tanto la inversión como la desinversión la podemos realizar por caja.

¿Cómo se obtiene la rentabilidad?
La rentabilidad en un fondo de inversión la obtenemos a través de varaciones en el precio (valor liquidativo) de las participaciones.

¿Qué liquidez tendrá mi inversión?
En nuestro país generalmente tienen una liquidez inferior a las 72 horas.

¿Qué seguridad y qué garantías tengo?
 Podemos perder dinero en un fondo sin importar en los activos que se hayan invertido, a no ser que sea un fondo garantizado, ya que estos fondos garantizan el capital que has invertido junto con una rentabilidad mínima.
Esto no significa que entonces en los fondos no se ofrezcan garantías. Tenemos que recordar que los fondos de inversión están gestionados por una gestora profesional, por lo que hay profesionales que se dedicarán a cuidar la seguridad y la rentabilidad de tu fondo de inversión.

 ¿Qué comisiones me cobran?
Las entidades cobran una serie de comisiones por la gestión o suscripción del fondo. Las más comunes son:
·         Comisión de gestión: es cobrada por todos los fondos de inversión, y se cobra a cuenta de la gestión del fondo. (2% anual sobre el patrimonio).
·         Comisión de custodia: se cobra en todos los fondos y se calcula en función del importe invertido (0,2 por mil sobre el patrimonio).
·         Comisión de suscripción: no la cobran todas las entidades. Se cobra al suscribir la participación en el fondo.
·         Comisión de reembolso: no la cobran todas las entidades. Se aplica cuando se devuelve el patrimonio invertido.

Tipos de Fondos de Inversión
No sólo existe un tipo de fondo de inversión, hay diferentes clases y cada una será más apropiada dependiendo de los resultados o del riesgo que quiera correr la persona. Vamos a seguir la siguiente clasificación:
·         En función de la distribución de los beneficios:
-       Fondos de reparto: se distribuyen los dividendos dependiendo de los resultados que se hayan obtenido durante el ejercicio.
-       Fondos de capitalización: no se distribuyen dividendos y las ganancias provienen por el aumento del patrimonio. Estos fondos de inversión son los más comunes en España.
·         En función de la naturaleza de los activos:
-       Fondos de inversión financieros: son aquellos fondos que se invierten en activos que son financieros (acciones bonos obligaciones…). En estos podemos distinguir dos grupos diferentes:
1.    Fondos de Inversión Mobiliaria (FIM): se invierte más de un 90% en activos de un mercado de valores como las acciones, deuda pública… Este tipo de fondos se recomiendan para inversores agresivos que desean tener una alta rentabilidad, asumiendo así un mayor riesgo.
2.    Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario (FIAMM): Generalmente invierten en renta fija y letras del tesoro. Estos fondos son adecuados para inversores que no quieren sufrir un riesgo tan alto como los anteriores.
Existen otros tipos de fondos financieros pero su uso no está tan extendido como los dos anteriores. Estos son los fondos de fondos, los cuales invierten su patrimonio en otros fondos de inversión; y los fondos en valores no cotizados, es decir, que invierten en valores que no se negocian en un mercado, lo que supone un riesgo muy alto.
-       Fondos de inversión no financieros: son los fondos que se inviertes en bienes, inmuebles… su rentabilidad depende de lo que gane de los alquileres y ventas así como del aumento del valor del patrimonio.

Y para terminar… ¿Cuáles son las ventajas de los Fondos de Inversión?
Podemos encontrar una gran variedad de ventajas en estos fondos, pero las más características son que no se requiere una gran cantidad de dinero para ingresarlo. También se encuentran bien regulados y las suscripciones son fáciles de comprar y de vender y por último, los fondos de inversión son gestionados de forma profesional, lo que supone una gran ventaja para los partícipes que no tienen grandes conocimientos de finanzas.

Entonces… ¿te animas a tener un fondo de inversión?

Añado un video muy interesante acerca de por qué invertir en un fondo de inversión:



Fuentes:

domingo, 13 de febrero de 2011

¿Debo contratar un seguro de vida?

Cabe la posibilidad de que alguna vez hayamos pensado: ‘¿Qué pasaría con mis hijos si me sucede algo?’, o ¿Qué sucedería si a mis padres les pasa algo? Para dar una de las respuestas más acertadas a este problema añado esta entrada, en la que expondré información básica sobre los seguros de vida. Especialmente si tienes familia es muy aconsejable que contrates un seguro de vida, ya que como bien sabemos todos, nunca se sabe lo que puede pasar esta vida, y mejor prevenir antes de que sea demasiado tarde. Pues bien a continuación os dejo toda la información sobre estos seguros tan importantes.


Conceptos importantes
Para poder comprender mejor esta entrada es conveniente que os ponga los términos que están vinculados con los seguros de vida (además que son los elementos que tiene el contrato del seguro), por lo que aquí os dejo unas cortas y simples definiciones de palabras clave:
-       ­Asegurador: Es la compañía que contratamos. Nos presta sus servicios a cambio de una prima.

-       Asegurado: Es la persona que cubre sus riesgos con la póliza.

-       Tomador del seguro: es la persona que contrata la póliza y que paga la prima.

-       Beneficiario: es la persona que resultará indemnizada.

-       Prima: Cantidad que tiene que pagar el tomador del seguro al asegurador, a cambio de la cobertura de riesgos que ofrece la aseguradora. Puede ser única o periódica.
Si el asegurado y el tomador del seguro no son la misma persona, se debe especificar en la póliza del asegurado, ya que no siempre son la misma persona.

Ahora sí, ¿Qué son exactamente los seguros de vida?
Los seguros de vida se tratan de una póliza la cual cubre una serie de riesgos que puedan ser perjudiciales o puedan afectar a la integridad corporal, la salud o en el peor de los casos, a la existencia de una persona.
Esta clase de seguros están regulados por la Ley 50/1980 de los contratos del seguro.
El asegurado o las personas que formen parte de la póliza de seguros, a cambio de una prima (única o periódica), contrata a un asegurador, el cual debe encargarse de cumplir los deseos del asegurado mediante una renta o capital. El dinero que se recibirán dependerá claramente de la prima que se esté dando al asegurador, y se otorga el dinero cuando el asegurado sufre una enfermedad grave, muere, o llegue a una avanzada edad y el asegurado no disponga de suficientes recursos económicos.
En caso de fallecimiento del asegurado, la aseguradora se compromete a entregar a las personas que usted haya denominado beneficiarios una suma de dinero en el momento de dicho fallecimiento.
La cobertura del seguro de vida depende del tipo de vida de una persona y, de manera general cubre los casos que vienen a continuación:
-       Cobertura del riesgo de la muerte del asegurado.
-       Cobertura de salud. Se incluyen tanto las enfermedades físicas como mentales.
-       Cobertura del riesgo de supervivencia del asegurado después de una determinada fecha.

¿Con qué tipos de seguros de vida nos podemos encontrar?
Hay una gran variedad de distintos seguros de vida, dependiendo de las características de una persona deberemos elegir uno u otro, es decir, deberemos elegir el seguro más conveniente para nosotros. Hay diferentes métodos para clasificar los seguros de vida, aquí añado algunas de esas clasificaciones con una corta explicación.
·         Por la duración de los seguros:

-       Temporales o de Vida a Término: sólo cubre al asegurado durante un tiempo, el cual se encuentra definido en la póliza.
-       Permanente o de Ahorro: cubre al asegurado durante el resto de su vida.

·         Por la cantidad de asegurados que cubre la póliza:

-       Colectivos: se cubre de forma independiente a una determinada cantidad de personas con una misma póliza.
-       Individuales: Cubre únicamente a un solo asegurado.
-       De varias Cabezas: cubre a varios asegurados, pero la suma se pagará cuando fallezca el primero o el último del grupo de asegurados.

·         Por el tipo de prima que se ha contratado:

-       Prima Nivelada: el pago de las primas es constante.
-       Prima de Riesgo: según va aumentando la edad del asegurado, también aumenta lo que hay que pagar de prima.

·         Por la forma de pago de las primas:

-       A término: cuando se paguen las primas se deben hacer dentro de los plazos que están definidos en la póliza del seguro, al igual que el importe, que no se puede modificar, tiene que ser el que está estipulado en la póliza.
-       Con ahorro: tanto el momento del pago como el importe del mismo puede ser diferente al que está estipulado en la póliza. Depende de los rendimientos de inversión que obtienen la Compañía de Seguros contratada.

¿Quién necesita un seguro de vida?
Desde mi punto de vista todo el mundo debería contratar un seguro de vida por si sucede cualquier cosa, pero en general dependerá de las circunstancias personales y económicas de cada persona. Especialmente deberán plantearse si es necesario contratar este tipo de seguros personas que tienen cónyuge, hijos… ya que puede el bienestar de éstos dependan la persona que decida contratar un seguro. También personas individuales que viajen constantemente, aquellas que tienen un trabajo de riesgo, parejas de edad avanzada que, en caso de que muera uno de los dos, la otra se quede sin ahorros de la jubilación, etc. Si tú cumples algo de estos requisitos es muy aconsejable que contrates este tipo de seguros, para su tranquilidad y para la de los suyos.

Si os ha entrado la curiosidad sobre estos seguros de vida, aquí os dejo una página en la que calcula los mejores precios de seguros que hay en el mercado, aunque solo es orientativo, si estás planteando contratar uno de verdad deberás informarte directamente con aseguradoras para que sea más fiable y te ayuden en el tipo de seguro de vida que va más acorde contigo:

Como añadido, he encontrado una gráfica en la que muestra que el tipo de seguro que más se busca en Google es el seguro de coche, tres veces más que el seguro de vida y el seguro de hogar. También se observa que en la búsqueda de los de seguros de vida ha habido una demanda creciente en los últimos años, incluso es mayor que la de los seguros del hogar, lo que quiere decir que en la actualidad mucha gente se está dando cuenta de la importancia de contratar este tipo de seguros.




Dicho todo esto, espero que esta información haya resuelto alguna de vuestras dudas y que os sirva de mucha ayuda para que en un futuro decidáis contratar estos seguros tan importantes.
Fuentes:

¡HASTA LA PRÓXIMA ENTRADA!

lunes, 7 de febrero de 2011

Planes de pensiones



¡Hola de nuevo! En esta entrada voy a tratar de explicar qué son los planes de pensiones, ya que considero que es un tema que tiene gran importancia hoy en día debido a las bajas pensiones que se reciben en el momento en el que nos jubilamos.  Según se prevé, de aquí a varios años las pensiones serán aún más bajas por lo que muchas personas se plantean crear un plan de pensiones para así asegurarse un futuro mejor, y no tener que vivir con la preocupación de siempre: ‘¿Llegaré a fin de mes?’. Dicho esto a modo de introducción, voy a explicar de manera más precisa y concisa de que tratan estos planes tan mencionados por boca de todos.




Si pero… ¿Qué son los planes de pensiones?

Los planes de pensiones son un método de ahorro creado para que, en el momento de la jubilación, dispongamos de una renta o capital que sea complementario a la pensión que se recibe por parte de la Seguridad Social. Este plan de pensiones permite recuperar lo que se ha invertido anteriormente más los rendimientos que se hayan generado en ese período de tiempo, es decir, desde que empezamos a ahorrar hasta que llega el momento de la jubilación. Esta modalidad de ahorro surgió a finales de los años 80, pero es ahora cuando se le está empezando a dar mayor importancia.
Por lo general, dichos ahorros se invierten en un fondo de pensiones, y la cantidad de capital invertido se le conoce con el nombre de unidad de cuenta
Dichos planes poseen importantes ventajas fiscales, y permiten obtener el máximo ahorro fiscal en la declaración de la renta.
Seguramente os preguntareis que quién controla, gestiones y pone en funcionamiento todo esto, pues bien, están controlados por la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía y Hacienda, y de su funcionamiento se encarga la comisión de control del plan y la comisión del fondo de pensiones. Quien se encarga de gestionar el dinero se denomina entidad gestora, y es la encargada de controlar las cantidades de capital que se invierten en el plan. También debe informar a los partícipes (personas que contratan un plan de pensiones) cómo evoluciona el valor de su fondo.

¿Qué aportaciones puedo depositar?

Aportación anual máxima: depende de la edad que posee el partícipe en el momento de realizar la aportación.

  Hasta los 50 años inclusive: aportación máxima anual de 10.000 euros.
  A partir de los 50 años: aportación máxima anual de 12.500 euros.

Aportaciones a favor del cónyuge: 

Además de las aportaciones que puedes realizar a tu plan de pensiones, si tu cónyuge no tiene rentas a integrar en la base imponible, o dichas rentas son menores a 8.000 euros, podrás reducir las aportaciones a su plan de pensiones (límite máximo de 2.000 euros).

Aportaciones a favor de personas minusválidas:

Si el titular tiene una minusvalía del 65% o superior o psíquica del 33% o superior la aportación máxima que puede depositar es de 24.250 euros.
Pueden realizar aportaciones al plan de pensiones el propio titular, sus familiares, su cónyuge o las personas que posean el régimen de tutela o acogimiento, y las aportaciones realizadas por las personas que no son el titular deben ser como máximo de 10.000 euros.


¿A qué nos referimos con ventajas fiscales?

Las ventajas fiscales hacen referencia a que las cantidades aportadas al plan por parte del partícipe se pueden reducir en su Declaración de la Renta.
 Las aportaciones al plan de pensiones hacen que se produzca un ahorro en la declaración de la renta de hasta un 43% en todo el país (excepto Navarra y País Vasco, siendo la reducción mínima del 42% y 45%, respectivamente). 
Se podrá aplicar una reducción del 40% en caso de recibir la prestación por incapacidad o jubilación en un solo pago y haber pasado más de dos años desde la primera aportación. Esto sólo puede aplicarse una vez.

¿Cuándo puedo cobrar mi plan de pensiones?
Esta es otra gran duda que es desconocida por muchas personas, ya que creen que solo lo podrán recibir en el momento de la jubilación. Pues bien, los planes de pensiones se pueden cobrar no solo cuando el partícipe se jubila, sino también por causa de enfermedad grave, se encuentre en situación de minusvalía física o psíquica o esté en paro durante un tiempo prologando (como mínimo 12 meses). En caso de fallecimiento del titular del plan, los beneficiarios del mismo podrán obtener el capital disponible en él. 
Dicho esto, ¿de qué manera lo recibimos?, de una sola vez, por partes…. Pues bien, tenemos diferentes opciones a elegir. Las prestaciones se pueden recibir en un solo pago (en forma de capital), en pagos fraccionados (en forma de renta) o en forma mixta, en la que se combinan las anteriores (se rescata una parte en forma de capital y la otra en forma de renta. La renta puede ser vitalicia o temporal.

¿Cuáles son los tipos de planes de pensiones?
Añado este apartado para que tengáis una cierta idea sobre los distintos tipos de planes de pensiones que podemos encontrar en España. Al final de esta entrada colgaré el enlace donde explican de manera más concisa de que tratan cada uno de ellos y cuál es el que más nos conviene.
Según el tipo de inversores:
-Individuales: Son aquellos que contrata una persona de manera independiente.
   -De empleo: Los promueve una empresa, es un tipo de retribución para los trabajadores.
   -Asociados: Se contratan para un colectivo determinado.
 Según forma de inversión:
-Renta Variable: invierten un 75% del capital en renta variable y el resto, en renta fija.

-Renta Mixta Variable: invierten entre un 30% y un 75% del capital en renta variable y el resto en renta fija.

-Renta Fija: solo se invierte el capital en renta fija.

-Renta Fija Mixta I: invierten hasta un 15% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

-Renta Fija Mixta II: invierten entre un 15% y un 30% del capital en renta variable y lo demás en renta fija.

Según el tipo de aportación:

-Planes de aportación definida: se establece el importe que cada persona debe depositar.

-Planes de prestación definida: se establece la cantidad que las personas van a recibir en el momento de la jubilación, o cualquier otra situación autorizada para cobrar el plan.

-Planes mixtos: son una mezcla de los dos anteriores. Se fijan los importes económicos que se deben aportar y la cantidad que recibirá tras cumplirse los requisitos.

Si por cualquier circunstancia queremos cambiar el tipo de plan se puede hacer sin ningún problema. Esto genera gastos, pero mínimos.




Hay diferentes opiniones sobre contratar un plan de pensiones o no, muchas personas creen que es un “timo”, por lo que si decides crearte un plan de pensiones no dudes en resolver todas las dudas que se te planteen por muy pequeñas que sean, para asegurarte al 100% que es la mejor opción que puedes elegir. Debes pensar si te conviene elegir entre un plan de ahorros o entre un plan de pensiones.

Si os a entrado la curiosidad sobre como podríais planificar vuestras aportaciones en un plan o simplemente informaros acerca de si os conviene o no, os dejo este enlace, en el que pinchando aparecerá un simulador de planes de pensiones:

(Recuerda que este simulador solo es orientativo).


También os dejo un vídeo muy interesante sobre una entrevista realizada a Sonsoles Santamaría, (directora general de Tresis), en la que trata la importancia que tienen los planes de pensiones, tanto en la actualidad como en el futuro: